este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dada la solicitud de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos en el artículo 236 numerales 1°, 2° y 3°, del artículo 237 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, se AUTORIZA LA APREHENSIÓN del ciudadano EDWARD ANTONIO ARAGUACHE ACUÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-26.108.787, natural de esta Ciudad, de 21 años de edad, soltero, oficio obrero, residenciado en la Población de Cumanacoa, sector Aricagua, calle El Cementerio, casa s/n, Municipio Montes, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL.....