Por todos los razonamientos antes expuestos, que este Tribunal Primero en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA decretar la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, para el Imputado JOSE DEL VALLE CAMPOS CAMPOS, venezolano, mayor de edad, natural del Pilar Municipio Benítez Estado Sucre, nacido en fecha 24/10/1986, Cedula de Identidad Nº 22.922.806, Soltero, 22 años , Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la calle del medio, casa S/n, frente de la bodega de Toño Obando, San Juan de tunapuicito, Municipio Benítez Estado Sucre, hijo de Miguel Rodríguez y Reina Campos, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer y último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio de L.....