En virtud de haberse cumplido con las formalidades exigidas por la ley, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida la fianza, a favor de los imputados JUAN JOSÉ VILLALBA VILLALBA, venezolano, natural de Carúpano, de 27 años de edad, nacido en fecha 03-02-82, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.780.979, de oficio: agricultor, residenciado en: el caserío Guayana, Parroquia Campo Elías, Municipio Libertador, casa S/N, Estado Sucre y RONY ANTONIO VILLALBA VILLALBA, venezolano, natural de Río Caribe, de 21 años de edad, nacido en fecha 31-10-88, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 21.286.313, residenciado en: el caserío Guayana, Parroquia Campo Elías, Municipio Libertador, Estado Sucre, en la causa penal que se le sigue por la presunta comisión del delito concordancia con el articulo 09 de la Ley de Armas y Explosiv.....