Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado : WILKENDOR JOSÉ ROJAS PÉREZ, venezolano, de 34 años de edad, nacido el 30-05-70, casado, de profesión Auxiliar de Electricista, titular de la cedula de identidad N° 10.882.712, y residenciado en la calle El Paraíso, casa sin numero, Sector Carúpano Arriba, Municipio Bermúdez del Estado Sucre , por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS , previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad, en virtud que estamos en presencia de un hecho punible, como es el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes, que merece pena privativa de libertad, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, existiendo fundados elementos de convicción en las actas que conforman el prese.....