este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el matrimonio contraído por los ciudadanos CARLOS LUIS NARVAEZ BOADA y ROSA MARGARITA MOTA, por ante la Prefectura de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 04 de Noviembre de 1982, según acta Nº 208, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Así se decide.