Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, seguida a los ciudadanos JESÚS EDUARDO SUAREZ VARGAS Y ASDRÚBAL GERARDO ALCALA , titulares de la cédula de identidad N° 15.415.689 y 16.398.944, respectivamente, por la comisión del delito de HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionados en el artículo 407 en concordancia con el artículo 80 y 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ANTONIO RAFAEL LOPEZ, de Conformidad con lo pautado en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal derogado y artículos 48 ordinal 7mo. Y 318 ordinal 3ero. del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, en concordancia con el artículo 553 Ejusdem.Remitase el presente asunto a la fase de ejecución en su debida oportunidad. Notifíq.....