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Decisiones del dia 23/11/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 19.541 N° Sentencia : 06 Fecha: 23/11/2015
Procedimiento:
Divorcio (Causal 2° Del Artículo 185 Del C.C)
Partes:
ALBERTO JOSÉ BEJARANO VS. YUDITH JOSEFINA VELÁSQUEZ
Resumen:
La situación antes expuesta obliga a esta juzgadora a instar a la parte actora a que precise el verdadero domicilio en el cual ha de practicarse la citación personal de la ciudadana Yudith Josefina Velásquez, en primer lugar, porque tal señalamiento constituye una carga procesal que solo compete a su persona realizar y no a este Tribunal, pues, pesa sobre sus hombros la válida constitución de la relación procesal, y en segundo lugar, por cuanto el Juez en el ejercicio de la dirección del proceso debe observar la buena marcha del mismo y evitar si lo advierte, cualquier circunstancia que atente su desarrollo normal. De modo que, las anteriores razones dejan al descubierto la necesidad de que la parte actora cumpla con la citada carga procesal y es por tal motivo que se niega la citación mediante cartel solicitada por la parte actora, en virtud de que, no se halla agotada la citación personal de la demandada. Así se decide.
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 19.626 N° Sentencia : 07 Fecha: 23/11/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
YRVIN RAFAEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ VS. ZULIA INDUSTRIAL CONSTRUCTIONS, C.A.
Resumen:
Luego, no existiendo incertidumbre en el procedimiento de autos, respecto de la "efectividad" de la citación de la empresa demandada, practicada por el ciudadano Alguacil del Juzgado comisionado; de la fecha desde cuando comenzó a computarse el lapso de emplazamiento; y de la tempestividad del acto de contestación a la pretensión efectuado por la accionada; por una parte; y por la otra, considerando además que en el caso particular bajo análisis no se halla materializado ninguno de los supuestos de hecho generales y abstractos que prevé el artículo 607 de la Legislación Civil Adjetiva para seguir el trámite en él establecido en aras de resolver incidencia alguna; este Órgano Jurisdiccional estima en consecuencia improcedente acordar lo solicitado por la representación judicial de la parte actora, consistente justamente en proceder conforme al precitado artículo, para determinar el día en el cual la demandada quedó formalmente citada para dar contestación a la demanda; y así se resuelve.....
Juez/Ponente:
Gloriana Moreno Moreno
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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