este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Se le otorga la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a la penada penada JUANA VIRGINIA PINO, venezolana, de 49 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.439.961, soltera, profesión u oficio docente en la Dirección de Educación, hija Jesús Salvador Pino y Lourdes Del Valle de Pino, celular: 0416-8734343; y residenciada en Villa Molinet, entrada por la avenida Cancamure, y Fe y Alegría, bloque 37, apartamento N° 00-03, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de Estafa Simple Continuada, previsto y sancionado en el artículo 462, en relación con el artículo 99, del Código Penal; y Agavillamiento Agravado, previsto y .....