Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta La Cesación de Libertad asistida, y la ratificación de la medida de Reglas de conducta por el lapso de Un (1) año que consisten en Primero: presentarse una vez al mes por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; Segundo: continuar con sus estudios, presentando constancia de inscripción Tercero: No cometer nuevos hechos delictivos, dicha medida vencerá el 23/11/2010. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución La secretaria
Abg. Marisandra Cañizares Abg. Anna Vanesa Di Bisceglie