En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Oswaldo Perero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 49.843, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano MARIO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número: 3.010.947, contra la decisión de fecha 12 de marzo de 2003, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de este Circuito y Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CONFIRMADA la sentencia definitiva dictada en fecha 12 de marzo de 2003, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de este Circuito y Circunscripción Judicial. En consecuencia, se CONFIRMA la declaratoria c.....