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Decisiones del dia 23/10/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 17.677 N° Sentencia : OCT-174-2018 Fecha: 23/10/2018
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios Derivados De Accid. De Tránsito
Partes:
PEDRO ALEXANDER SANDOVAL FIGUEROA Y OTROS VS LEONEL ANTONIO FASANARO GUILLEN Y OTROS
Resumen:
Feo define la citación como el llamamiento que hace la autoridad judicial a una persona para que comparezca ante ella con un objeto determinado que se le hace saber. El fundamento Constitucional de la figura de la Citación se encuentra plasmado en el Derecho a la Defensa, inviolable en todo estado y grado del proceso. En este sentido tenemos que la parte actora solicita a este Tribunal la citación de la parte demandada en virtud de no encontrarse en el país, a través de Carteles o que esta sea practicada en la persona de su Apoderado Judicial legalmente constituido, sobre este particular es necesario señalar lo siguiente: Dispone el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil: Cuando se compruebe que el demandado no está en la República, se le citará en la persona de su apoderado, si lo tuviere. Si no lo tuviere, o si el que tenga se negare a representarlo, se convocará al demandado por Carteles, para que dentro de un término que fijará el Juez, el cual no podrá ser menor de .....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 17.644 N° Sentencia : OCT-173-2018 Fecha: 23/10/2018
Procedimiento:
Partición De Herencia
Partes:
CARMEN MARIA RODRIGUEZ ROJAS VS OMAR JOSE RODRIGUEZ ROJAS Y OTROS
Resumen:
En este estado este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la revocatoria solicitada: En cualquier juicio y en cualquier estado del Juicio pueden ser decretadas las medidas contempladas en el Titulo I del Libro tercero del Código de Procedimiento Civil, en este sentido tenemos que el artículo 779 del Código de procedimiento Civil, contempla las previsiones del 585 del mismo Código. Las medidas cautelares o preventivas, tienen su fundamento en el poder cautelar general del Juez, el cual se concibe, como una institución propiamente de carácter asegurativa, en el sentido de que está preordenada a la preservación del fallo definitivo del juicio principal y por lo que se concibe como una verdadera garantía procesal para las partes en un Juicio. Esto lo distingue del poder genérico de prevención, cuya finalidad está preordenada a fines superiores, tales como la familia, el patrimonio conyugal, los niños y adolescentes, entre otros, y en este sentido es una función otorgada a los órganos jurisd.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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