Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por el ciudadano CARLOS EDUARDO BRITO MATA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 15.344.015 en contra de la Sociedad mercantil FERROMATERIALES CARIACO, C.A.
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SEGUNDO: Se condena a la accionada a cancelar al actor los conceptos especificados a continuación:
CARLOS BRITO
Dias salario
ANTIGÜEDAD 45 50,09
25 50,21
37 57,72
VACACIONES VENCIDAS 15
VACACIONES FRACCIONADAS 10,66666667
BONO VAC VENCIDO 7
BONO VACACIONAL FRACC 5,333333333
UTILIDADES VENCIDAS 30
UTILIDADES FRACC 20,00
BONO DE ALIMENTACION 131
DIFERENCIAS SALARIALES
HORAS EX.....