DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los Imputados: Deiker José Valdez Valdez, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.716.177, nacido en fecha 21-02-1995, de 21 años de edad, de profesión u oficio agricultor, de estado civil soltero, hijo de Rosaura Valdez y Julián Valdez, y residenciado en el Sector Juan Pedro, Calle Mucurita, Casa S/N, cerca del Bar La Rosa, Soro, Municipio Mariño del Estado Sucre, y Yorvis José Romero Guzmán, venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.090.770, nacido en fecha 14-05-1981, de.....