Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ejecutada la decisión dictada por el Tribunal de Primera en Función de Control N° 2 de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes en contra del xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado con Alevosía en Ejecución de Robo Agravado, previsto en el artículo 406 numeral 1°, en relación con el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a la sanción de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES de privación de libertad, de los cuales lleva cumplido UN (01) AÑO y CUATRO (04) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, que vencerán el 19-01-2016. Ejecución que se realiza conforme a las atribuciones conferidas en .....