este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda la ampliación del plazo de prueba por un año mas al ciudadano Mauricio José Rodríguez Vargas, venezolano, de 28 años de edad, nacido en Carúpano en fecha 12-09-79, Estado Sucre, Cédula de Identidad Nº V-14.064.608, de oficio pescador, hijo de Mauricio Rodríguez y de Selis Vargas, domiciliado en El Morro, Calle Los Olivitos, Casa S/N°, cerca de la Medicatura, Municipio Arismendi, Estado Sucre, debiendo cumplir el acusado con dos presentaciones, cada seis meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 46, ordinal segundo, del Código Orgánico procesal Penal. Se acuerdan las copias simples para las partes. Líbrese el correspondiente oficio a la Unidad de Alguacilazgo. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
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