Luego, por efecto de haberse formulado el mentado recurso, entonces la presente causa debe seguir su curso en la etapa de promoción de pruebas, toda vez que, conforme el aludido dispositivo legal la oposición planteada debe sustanciarse y decidirse por los trámites del procedimiento ordinario, siendo de destacar que tal estado procesal se inició el primer día de despacho siguiente al vencimiento del lapso de emplazamiento, por ser éste un lapso que discurre de pleno derecho -ope legis- y así se establece.
Por último, como quiera que no existe motivo alguno para que en esta oportunidad se efectúe el nombramiento del partidor, pues, sólo se pretende la división de derechos de propiedad de un solo bien y respecto del cual ha habido oposición, considera esta jurisdicente inoficioso la apertura de un cuaderno separado para instruir la oposición, tal como lo ordena el artículo bajo comentario, y es por ello que la misma se tramitará en el presente cuaderno. Conste.