Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, según lo previsto en el artículo 48 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 322 ejusdem, el cual refiere al Sobreseimiento en la etapa de juicio, de tal manera que en el presente asuntoy durante la etapa de juicio, se produjo una causa extintiva de la acción penal, como lo es el cumplimiento del acuerdo reparatorio, entre el acusado RICHARD JOSE RODRIGUEZ SANDOVAL y LA V´CTIMA XIOMARA DEL VALLE GIL HERNANDEZ,, en consecuencia no es necesaria la celebración del debate para comprobarlo. Por lo que en consecuencia, Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA , en cuanto al acusado RICHARD JOSE RODRIGUEZ SANDOVAL, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 14.856.694, DE 28 AÑOS DE .....