En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; SOBRESEE LA CAUSA a favor de los ciudadanos JUAN BAUTISTA NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 4.676.181 y residenciado en la Calle Paraíso, casa N° 34, Cumaná, Estado Sucre, ANIBAL JOSE DIAZ SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 10.218.882 y residenciado en la Calle General Salón, casa N° 53, Mundo Nuevo, Cumaná, Estado Sucre y LEONARDO VILLARINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 10.353.171 y residenciado en la Calle Sucre, Edf. Lliviondo, piso 01, Apto. 1-A, Cumaná, Estado Sucre ; por la comisión del Delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1° del Código Penal Derogado, en relación con el a.....