verificado de igual manera el cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal, en cuanto al régimen de presentaciones y analizadas las actas que conforman el presente asunto, actuando en nombre de la República y por autoridad de ley, DECLARA CON LUGAR, LA SOLICITUD FISCAL, Y DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EN CONSECUENCIA EL SOBRESEIMIENTO EN EL PRESENTE ASUNTO, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 45, 48 ordinal 7mo, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 3|8, ordinal 3ro, todos del Código Orgánico Procesal Penal, ofíciese lo9 conducente, remítase al Tribunal de Ejecución a los fines legales pertinentes, Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Abg. RAMON JOSE PONCE