, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ELIZABETH BETANCOURT PEÑA, defensora pública penal, del imputado LUIS ALFREDO MARCANO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.446.453; contra la decisión dictada en fecha 13 de noviembre del 2005, por el Juzgado Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, y sede en Cumaná, donde decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a su defendido, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurr.....