este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ELIER JOSÉ ZAMORA PINO, venezolano, natural de Guiria, de 32 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.105.273, de profesión u oficio obrero, nacido el 09-02-1979, hijo de Nelson Zamora y Nilvia Pino, domiciliado en la calle 2, casa 12, sector Nueva Guiria, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de La Colectividad, todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 2, en concordancia con el artículo 320 todos del Código Orgánico Procesal. Notifíquese a las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del.....