En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la cesación por cumplimiento de la sanción impuesta a la adolescente xxxxxxxxxxx, venezolana, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-xxxxxx, de 15 años de edad, nacida en fecha 26/08/1994, de profesión u oficio obrera, hija de xxxxxxxx y xxxxxxxxx, residenciada en el Calle xxxxxxxxxx, Estado Sucre, quien fue sancionado, a cumplir la medida de Reglas de Conducta por el lapso de seis (06) meses, por la comisión del delito de Falsa Atestación ante Funcionario Público, previsto y sancionado en el articulo 320 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del Estado Venezolano; cesación que se realiza conforme a lo previsto en los artículos 645, 647 literal H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes