este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo preceptuado en los artículos 206, 211 y 212 de la Ley Civil Adjetiva, REVOCA LA DESIGNACIÓN DE LA DEFENSORA AD LITEM efectuada en fecha 19 de Febrero de 2016, recaída sobre la abogada en ejercicio LIGIA GAMBOA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.131; DECLARA LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales realizadas en el presente procedimiento, relativas al notificación, aceptación y citación de la prenombrada Abogada como Defensora Ad Litem de la ciudadana MARIA SALOME GUERRA; así como de las actuaciones procesales verificadas con posterioridad y de igual forma, DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que se nombre nuevo Defensor Ad Litem a la parte demandada; en el procedimiento a través.....