Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Sucre con sede en la Ciudad de Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL y como consecuencia de ello se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano Fidel Rafael Salazar Frontado, venezolano; mayor de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-22.631.160; nacido en Cumaná, en fecha 23/08/90, de estado civil soltero, de profesión u oficio no definida; residenciado en el Peñón, Calle Campo Alegre, Casa S/N°, a cinco casas de la Bodega de la Señora Betty, frente al Estadio, Cumaná, Estado Sucre; la cual se le sigue por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO RUFINO DURÁN; de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 8 y 318 numeral 3° del Códig.....