este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento de admisión de los hechos, por los delitos de VIOLACIÓN EN GRADO DE AUTORÍA, previsto y sancionado en los artículos 374 y 377 ambos del Código Penal, en perjuicio de
xxxxxxxxxxxy ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en los artículo 455, 458 y 83 todos del Código Penal, ambos delitos relacionados con el artículo 217 de la LOPNNA, en perjuicio del adolescente
xxxxxxxxxxx, al ciudadano ROGER JOSÉ MAICÁN YEGÜEZ, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.909.604, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 09-05-84, de profesión u oficio no definida, residenciado en la calle Principal, casa s/n°, sector Miramar de Marigüitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre; a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN, .....