Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA: Al Ciudadano Jazzam Abokier Jasain, venezolano, mayor de edad, de 32 años, nacido en fecha 24-12-1973, de estado civil casado, de oficio comerciante, cédula N° 15-742-873, residenciado en Sector Hato Romár II, Calle Principal, casa S/N. Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de Cuatro (04) meses de Prisión, más las accesorias de Ley, por ser responsable del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el articulo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la Ciudadana Al Saman Rima; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinales 2°,6°, 9° y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 37, 74 ordinal 4° del Código Penal. Remítase en su oportunidad la presente .....