y visto igualmente el pago efectuado por el demandado, en cumplimiento integro a la sentencia definitiva dictada en el presente juicio y vista la diligencia suscrita por el ciudadano ELÍAS MALCOUN, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.455.705, donde acepta el pago al que esta obligado el demandado, quedando cancelado el moto total de la condena a pagar, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dá por terminado el presente juicio. En consecuencia, se Suspenden las Medidas decretadas por este Tribunal en la presente causa, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas y el archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.-