este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena: La Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a los Acusados: Flor María Baradat Villegas, venezolana, natural de Irapa, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.941.460, nacida en fecha 07-08-1970, de 42 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio indefinida, hija de Paula Villegas y Héctor Baradat, y residenciada en la Calle Piar, Casa S/N, cerca del Liceo Santiago Mariño, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre y Fidel Alberto González, venezolano, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.938.029, nacido en fecha 04-08-1965, de 47 .....