Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados YUNIRA CONCEPCIÓN MÁRQUEZ FUENTES Y NUMA POMPILIO VÁSQUEZ MARTÍNEZ, actuando con el carácter de Defensores Privados, contra la sentencia dictada el día 03 de junio de 2.004 y publicada en fecha 25 de junio del mismo año, por el Juzgado Mixto Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, en la cual CONDENÓ a los acusados FRANCISCO ANTONIO SALAZAR, GREGORIO JOSÉ LORANT, BUENAVENTURA ESPINOZA, NELSON GUILARTE CARABALLO, VICTOR JOSÉ SOBIL DELCINE, LUIS FRANCISCO HIDALGO, LUIS RAMÓN MONOCHE, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN, al acusado LUIS ESTEBAN MONOCHE, a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN y a la acusada MARCIA JOS.....