este Tribunal de Ejecución de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 614 Y 646 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niños Niñas y Adolescentes, concatenado con los artículos 471 numeral 3 y 473 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del articulo 537 de la LOPNNA, ACUERDA EXHORTAR al Tribunal de Ejecución de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de Maturín , Estado Monagas, para que imponga de la presente decisión a la sancionada xxxxxxxxxx; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor; y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto en el artículo 174 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN (dato.....