DECRETA Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3°, 251 ordinales 2°, 3° y 5° y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, al Imputado José Toribio Díaz Bravo, por encontrarlo incurso en la comisión del delito de Arrebatón en perjuicio de la Víctima Herliannys José Mendez Fariña