Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Libertad Sin Restricciones al imputado, JHOHANNY MIGUEL CEDEÑO CEDEÑO, venezolano, de 23 años de edad, portador de la Cedula de Identidad N° 19.635.700, Natural de Carúpano, Estado Sucre, Estado Civil: Soltero, nacido en fecha 07-07-83, de profesión u oficio Obrero, hijo de Miguel Caraballo y Juana Bautista Cedeño, domiciliado en el Sector Brisas del Carmen, Frente a la Plaza, Casa sin numero, Estado Sucre en virtud, que de las actas que conforman el presente asunto, no se derivan plurales elementos de convicción, que sustente la aplicación de alguna Medida de Coerción Personal, para el referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de Resistencia a la autoridad, previsto y sancionado en el Artículo 218 del Código Penal Venezolano, en pe.....