Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la abogada CARMEN ELENA AZOCAR RAMOS, Jueza Segunda de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, de conocer la causa N° RK01-P-2001-000004, seguida en contra de los acusados LUIS JOSÉ SALAZAR, PEDRO JOSÉ GONZÁLEZ, PEDRO CELESTINO GONZÁLEZ, HÉCTOR MÁRQUEZ, CARLOS GÓMEZ, MARBELLYS MEDINA y MERY RODRÍGUEZ, a quienes se les sigue causa penal por el delito de DIFAMACIÓN E INJURIA, previstos y sancionados en los artículos 444 y 446 del Código Penal, en perjuicio de YIGSI COROMOTO GUZMÁN ROSILLO y ordena la remisión de las presentes actuaciones al Juez que le corresponde de acuerdo al sistema de distribución que impera en este proceso penal.- .....