ISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y de derecho antes señaladas este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud interpuesta por la Abg. BEATRIZ PLÁNEZ DE LA CRUZ, en su condición de Defensora del adolescente de autos, y en consecuencia, se acuerda imponer medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxa quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; LESIONES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 416 del Código Penal, concatenado con el artículo 424 eiusdem; DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 174 del Código Penal; en perjuicio de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxx y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, pr.....