Por todo lo anterior, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud de Cese de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, realizada por el imputado WILFREDO ENRIQUE BRINGTOWN CHACON, Venezolano, soltero, nacido en esta Ciudad en fecha 18/06/84, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.818.973, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 1, vereda 68, Casa Nº 9, Cumaná, Estado Sucre; a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión; ASOCIACION previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en perjuicio del ciudadano BELTRAN ALEJANDRO SALAS. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Pro.....