este Tribunal Primero de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con vista a la petición Fiscal y con fundamento en lo dispuesto en el articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, observando que están cubiertos los presupuestos de exigencia de dicha norma para que proceda la solicitad formulada, la declara con lugar y en consecuencia ordena MANDATO DE CONDUCCIÓN para el ciudadano BERNARDO MEDINA BRUZUAL, titular de la cedula de identidad numero 8.637.803, domiciliado en la Urbanización Brasil, Sector 01, vereda 07, casa 04, de esta ciudad Cumaná, para que con el debido respeto de sus derechos y garantías constitucionales, sea conducido por la fuerza pública, en forma inmediata a su ubicación.