y visto igualmente el contenido de la misma, en la cual Desistió de la Acción y del Procedimiento, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA ELDESISTIMIENTO suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Asimismo se ordena, la devolución del Documento Original del Inmueble objeto del crédito,el cual corre inserto a los folios del Ocho (8) al Diecinueve (19) del presente expediente, identificados con las letras "A" y "B", respectivamente,y del poder que corre inserto a los folios del 50 al 53 ambos inclusive, previa certificación .....