DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos, a la joven adulta xxxxxxxxxxxxxxx del Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DE CARACTER GRAVES, previsto en el articulo 415 del Código Penal, delito cometido en perjuicio de la ciudadana JOHANA CAROLINA ILARRAZA; a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de TRES (03) MESES, consistente en que la misma realice una actividad Educativa, Laboral y/o cursos en áreas de su interés, que coadyuven a su crecimiento y desarrollo integral, y se le prohíbe cometer hechos similares a los que dier.....