este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio decide: PRIMERO: Redime de LA PENA IMPUESTA al Penado: LUIS ALEXANDER BARRETO MAZA, venezolano, de 22 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha 06-08-86, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 18.904.248, soltero, hijo de María Maza y Gilberto Barreto, residenciado en Cantarrana, calle Santa Clara, casa sin número, detrás de la bodega el mango, Parroquia Altagracia, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de: TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el .....