Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de REVISION OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana MELISSA JOSÉ LEZAMA RIVAS, contra el ciudadano JUAN CARLOS CAMPOS RODRIGUEZ, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la niña, así mismo se condena al demandado a sufragar a su hija por Obligación Alimentaria el 30% de todos los ingresos percibidos mensualmente, es decir (30% del SUELDO GLOBAL, 30% DEL BONO VACACIONAL, 30% DEL AGUINALDO, 30% DE LAS PRESTACIONES SOCIALES y 30% DE LA CESTA TICJKET), Todo de conformidad con el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 365, 369, 30 y de la LOPNA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del .....