Administrando Justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, admite totalmente la acusación fiscal y las pruebas promovidas por las partes, y decreta la suspensión condicional del proceso al imputado Juan José Bellorín Martínez, Venezolano, de 33 años de edad, nacido en fecha 21-09-72, Titular de la cedula de identidad N° 12.741.922, de profesión u oficio Herrero, residenciado en Canchunchu Viejo, Calle la Planta, callejón los Mango, Casa N° 11.142, Hijo de Ana Joaquina Martínez y de Juan Aurelina Bellorín, en virtud de encontrarlo incurso en el delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en los artículos 4 y 17 de la Ley Sobre la Violencia, en perjuicio de la ciudadana Luisa Leonor Martínez. Todo de conformidad con los artículos 42, 43, y 44 del COPP y en consecuencia el acusado antes identificado deberá cumplir con las siguientes condiciones: 1) presentación periódica, por el lapso de u.....