Seguidamente la juez dio inicio al acto y explicó a los presentes del motivo del mismo, procediendo a imponer al sancionado XXXXXX, del auto dictado por este Tribunal, en fecha 18-03-201, en el cual se actualizó el cómputo de la sanción que le falta por cumplir al sancionado XXXXXXXXX, determinándose que el mismo fue sancionado a cumplir la medida de privación de libertad, por el lapso de tres (03) años y cuatro (04) meses; faltándole por cumplir el lapso de TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, que vencerán el día 03 de noviembre de 2013. Cómputo que se realizó, con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley especial. Seguidamente se le preguntó al sancionado si entendió lo explicado por la juez, previa imposición del precepto constitucional establecido en el numer.....