este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en este estado del proceso, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 numeral 3 y parágrafo primero, decreta la privación judicial preventiva de libertad, al imputado JUAN JOSÉ MAZA SUÁREZ, de 22 años de edad, indocumentado, venezolano, soltero, de oficio caletero, hijo de Francisco José Maza (f) y Ana Petronila Suárez, nacido en fecha 02/01/87, natural de Cumaná, residenciado en la calle Mariño, detrás de la Guardia Nacional, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 405 y 218 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de JESÚS ANTONIO SALAZAR RENGEL y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente; privación que debe cumplirse en el IAPES; por considerarse necesaria dicha medid.....