En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, acuerda: Actualizar al Penado: JOSE MIGUEL CASTAÑEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.827.824, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, Cumaná, el computo de su pena, en consecuencia puede concluirse que tiene a la presente fecha, un tiempo de Pena Real cumplida de Nueve (09) Años, Seis (6) meses, Dieciocho (18) Días y Doce (12) horas, faltándole por cumplir de la pena impuesta: Un (01) Año, Cinco (05) Meses, Doce (12) Días y Doce (12) Horas, pena que finalizará 03 de Octubre de 2009 a las doce (12) horas.- Así se decide.- Infórmese de éste cómputo al penado de autos. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Esta.....