este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Sustituye el cumplimiento de la medida de Privación de libertad Por El Cumplimiento sucesivo de la medida de Semi Libertad, por el lapso de UN (01) Año y Libertad Asistida, por el lapso de Un (01) año, tres (03) meses y veintitrés (23) días. Así mismo se acuerda otorgar permiso especial durante los días jueves 01 de abril del 2010 desde las 7:00 A.M., hasta el domingo 04 de abril del 2010 hasta las 7:00 P.M. Líbrese oficio a la Directora encargada del Centro Socioeducativo remitiendo Boleta de Semi Libertad e informando del permiso aquí otorgado. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Jennys Mata