éste Tribunal una vez verificados y analizados los recaudos consignados junto con la solicitudm, como lo son: constancia de inscripción del ciudadano Medina Barrios Angelo, de fecha 01 de marzo del año en curso; emanada de la Unidad Educativa "Instituto Jerusalén", Caracas, Distrito Capital, así como Constancia de que el ciudadano Jackson Velásquez, ya identificado, participa como vencedor de la "Misión Rivas" en la Institución " U.E.B " Claudio Feliciano, Caracas; de fecha 08 de marzo del año en curso; y considerando que, efectivamente, puede resultar costoso para los imputados el traslado hasta este Circuito Judicial Penal; ACUERDA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 256 ejusdem; cambiar el lugar de presentación de los imputados Jackson Enrique Velásquez Coraspe y Ángelo Yolfer Medina Barrios, debiendo, en consecuencia, los mismos cumplir con el régimen de presentaciones que le fuera impuesto por este.....