toda vez que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 72 dispone que Ninguna persona continuara en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente, por lo que la detención del penado Freddy José Jaimes Mata, titular de la cedula de identidad V-21.288.488, seria violatoria de sus derechos toda vez que, como se dijo antes, se encuentra bajo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena , razón por la cual este Tribunal, ordena la inmediata libertad, del ciudadano Freddy José Jaimes Mata, Venezolano, ...