Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de JAIME RAFAEL CORDOVA BOADA, venezolano, de 36 años de edad, nacido en fecha 25-03-1.974, titular de Cédula de Identidad Número V- 13.773.422, Pescador, hijo de Natividad Córdova Boada y Ana Dolores Córdova Boada y con domicilio en: Calle Parque Valentín Valiente, Casa S/N, Cerca del Bodegón TITA, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y VIOLENCIA PATRIMONAIL, previstos y sancionados en los artículos 42 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana OLGA TERESA GONZÁLEZ, por los hechos acontecidos en fecha: 10/04/2013, todo.....