éste Tribunal de Primera Instancia Estadal Municipal en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del ciudadano DELMIS JOSÉ GUTIÉRREZ PEÑA, venezolano, de 36 años de edad, nacido en fecha 17-11-77, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.348.967, de profesión u oficio obrero, de estado civil casado, hijo de Reinaldo Antonio Gutiérrez Campo y Miriam Peña de Gutiérrez, y residenciado en la Calle Boyacá, Casa Nº 75, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la comisión de delito Hurto Simple, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Estado Venezolano, imponiéndole las siguientes condiciones por el plazo de tres (03) meses: PRIMERO: Limpieza, desmalezamiento, y mantenimiento del Río Guatapanare, ubicado entre los sectores Colombina y la Cuarenta y cinco (45.....