En razón de lo antes expuesto, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. En consecuencia terminado como se encuentra el presente proceso, se ordena levantar la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Tribunal en fecha 12 de Noviembre del 2010, sobre un inmueble ubicado en la Calle Libertad de esta Ciudad de Carúpano, propiedad del demandado, ciudadano: JESÚS RAMÓN ARIAS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.511.300 y con domicilio en la Calle Juncal, Sector Plaza Bolívar, Frente a Big-Pollo, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el cual le pertenece según Documento debidamente Registrado por ante la Oficina Sub.....